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Casa autonóma en electricidad, agua caliente y aire frío

Casa solar

La casa autónoma es que aquella que no depende de suministro eléctrico ni de gas, es decir aquella que genera la energía por su propios medios e incluso puede incluir recogida de lluvias. Esto se llama autoconsumo y es la verdadera alternativa al modelo actual de dependencia, emisiones contaminantes y pérdidas de energía en el transporte por la red eléctrica. Representa el máximo ahorro para las familias al mismo tiempo que es una solución para cuidar el medio ambiente y no depender de otros países, por ejemplo cuando se importa petróleo o carbón.

¿Por qué pagar la factura de electrcidad y de gas si podemos producir energía en el mismo punto de consumo y no volver a pagar nunca más esas facturas?

1.1. Cupos Energia Solar Fotovoltaica

Los cupos de potencia son la potencia máxima que se asigna trimestralmente a las solicitudes para instalar de energía solar fotovoltaica se actualizan desde la web del Ministerio de Industria Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Desde la Web del ministerio podemos solicitar la preasignación de cupo de potencia, consultar la tramitación de nuestro expediente, comprobar si nuestras instalaciones han sido admitida y toda la normativa que se publica en cuanto a primas y cupos anuales.

Recordad, las cubiertas se clasifican como Tipo I y las huertas como Tipo II para poder distinguir sus cupos y primas fotovoltaicas

Proyecto de Real Decreto para Instalaciones de pequeña potencia y autoconsumo

Casa con autoconsumo de solar mini-eolica

Fomentará la energía fotovoltaica y mini-eolica para producir electricidad a pequeña potencia inferior a 100 kW, lo que beneficiará a casas particulares, granjas, invernaderos, hoteles, restaurantes, naves....

Uno de los objetivos principales es agilizar los trámites para conectarse a red eléctrica:

  • Plazo máximo legal de 3 meses para autorizarnos la producción de electricidad
  • Vender energía como productor: opción para conexión a la red eléctrica
  • Autoconsumo: opción para saldar o compensar la diferencia entre la energía producida y la energía consumida. Se realizará a través de un procedimiento de facturación con el distribuidor eléctrico. (Ver artículo 19)