| Aval Energia Solar del Ministerio de Industria |
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| Escrito por Ayudas Energia | |
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El aval de energia solar, a presentar en el Ministerio de Industria, es exigido por el artículo 66bis del Real Decreto 661/2007 para poder conectar una huerta solar a la red eléctrica.
Quedarán excluidas del aval, las instalaciones fotovoltaicas sobre cubiertas de edificaciones de vivienda, oficinas, comerciales o industriales.
Se puede interpretar que el aval se podrá cancelar a la puesta en marcha de la instalación o en el caso de que el proyecto no sea viable por motivos no imputables al solicitante.
«Artículo 66 bis. Avales para tramitar la solicitud de acceso a la red de distribución de nuevas instalaciones de producción en régimen especial.
Para las nuevas instalaciones de producción en régimen especial, el solicitante, antes de realizar la solicitud de acceso a la red de distribución deberá haber presentado un aval por una cuantía equivalente a 500 €/kW instalado para las instalaciones fotovoltaicas o 20 €/kW para el resto de instalaciones. La presentación de este resguardo será requisito imprescindible para la iniciación de los procedimientos de acceso y conexión a la red de distribución por parte del gestor de la red de distribución.
Quedarán excluidas de la presentación de este aval las instalaciones fotovoltaicas colocadas sobre cubiertas o paramentos de edificaciones destinadas a vivienda, oficinas o locales comerciales o industriales.
El aval será cancelado cuando el peticionario obtenga el acta de puesta en servicio de la instalación. En el caso de las instalaciones en las que no sea necesaria la obtención de una autorización administrativa, la cancelación será realizada cuando se realice la inscripción definitiva de la instalación.
Si a lo largo del procedimiento, el solicitante desiste voluntariamente de la tramitación administrativa de la instalación o no responde a los requerimientos de la Administración de información o actuación realizados en el plazo de tres meses, se procederá a la ejecución del aval. Se tendrá en cuenta a la hora de valorar el desistimiento del promotor, el resultado de los actos administrativos previos que puedan condicionar la viabilidad del proyecto.»
Para solicitudes de acceso y conexión a la red de distribución, el procedimiento para la presentación del aval será el siguiente:
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