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Escrito por Ayudas Energia
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El aval de energia solar, a presentar en el Ministerio de Industria, es exigido por el artículo 66bis del Real Decreto 661/2007 para poder conectar una huerta solar a la red eléctrica. Quedarán excluidas del aval, las instalaciones fotovoltaicas sobre cubiertas de edificaciones de vivienda, oficinas, comerciales o industriales. Se puede interpretar que el aval se podrá cancelar a la puesta en marcha de la instalación o en el caso de que el proyecto no sea viable por motivos no imputables al solicitante. |
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